Las Organizaciones de Productores constituyen la base de la organización común de mercados y se considera necesario impulsar el asociacionismo en el sector de frutas y hortalizas para enfrentarse a las demandas del mercado actual, terriblemente competitivo y cada vez más exigente en calidad. Sólo asociándose, concentrando la oferta, controlando la producción y su periodicidad, recortando costes de comercialización y adaptándose a las necesidades del mercado, tendrán éxito los productores. Por otra parte, se insiste en la necesidad de que las técnicas de producción sean respetuosas con el medio ambiente, tanto en los sistemas de cultivo como en la gestión de materiales usados.
La OCM de frutas y hortalizas promueve a las organizaciones de frutas y hortalizas (OPFH) co-financiando los Fondos Operativos con los que se llevan a cabo los Programas Operativos que se realizan en las OPFH.
Fondos FEAGA: 200.000 euros
Fondos Gobierno Vasco: 130.000 euros
de 26 de enero, por el que se regula el desarrollo y aplicación en la Comunidad Autónoma del País Vasco de la reglamentación comunitaria en el sector de las frutas y hortalizas y el régimen de ayudas derivadas de la misma.
Elisa Torre-Enciso
Teléfono: 945 01 96 84
Fax: 945 01 97 02
E-mail: e-torre-enciso@ej-gv.es
Oficinas de atención al público:
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La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
Ayuda económica comunitaria a las organizaciones de productores que hayan sido reconocidas, que constituyan un fondo operativo y que obtengan la aprobación de un programa operativo.
Organizaciones de personas productoras de frutas y hortalizas.
Las organizaciones de personas productoras de frutas y hortalizas deben estar reconocidas y tener un operativo aprobado.
1.- La ayuda financiera comunitaria será igual al importe de las contribuciones financieras de los miembros o de la propia organización de productores efectivamente abonadas y se limitará al 50 % del importe de los gastos reales efectuados.
La ayuda financiera comunitaria quedará sometida a un límite máximo del 4,1 % del valor de la producción comercializada de cada organización de productores. No obstante, a dicho porcentaje podrá sumarse un 0,5% del valor de la producción comercializada siempre y cuando ese importe se utilice únicamente para medidas de prevención y gestión de crisis.
Existe la posibilidad, cuando así lo solicite una organización de productores, de que el porcentaje del 50% establecido en primer párrafo se eleve al 60 % para el programa operativo o parte de él que cumpla algunas condiciones especiales como por ejemplo: incluir medidas transnacionales, o acciones en la cadena interprofesional, o trate exclusivamente de producción ecológica, o únicamente contemple medidas de fomento del consumo de frutas y hortalizas entre los niños en los centros de enseñanza, etc. (consultar legislación).
2.- En su caso, ayuda financiera nacional, que complementará el fondo operativo, con cargo a los Presupuestos Generales del País Vasco, será, como máximo, igual al 80% de las contribuciones financieras de los productores miembros de la organización de productores
Anexo a la solicitud de ayuda
Anexo saldo ayuda
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
La solicitud de la ayuda o su saldo, tanto para la ayuda Feaga como para la que viene de fondos de Gobierno Vasco, se presentará antes de 15 de febrero de año siguiente al que hace referencia la solicitud.
Esa solicitud de ayuda sólo puede hacerla una organización que tenga un programa operativo aprobado en las siguientes condiciones:
- la solicitud de aprobación de programas operativos se presentará antes de 15 de septiembre del año anterior a su inicio.
- la Dirección de Innovación e Industrias Alimentarias dictará resolución aprobatoria o denegatoria 3 meses después de la presentación (antes de 15 de diciembre).
- en caso de haber recurso de alzada lo resolvería la Viceconsejería de Pesca e Industrias Alimentarias.
Seis meses desde la presentación de solicitudes.