Departamento / Organismo Autónomo
Agricultura, Pesca y Alimentación
Dirección de Servicios Generales de Agricultura, Pesca y Alimentación
Ayudas económicas destinadas a las asociaciones y federaciones de desarrollo rural, de agricultura de montaña así como a las asociaciones y federaciones profesionales y empresariales de los sectores agrario, pesquero y alimentario de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Las asociaciones y federaciones de desarrollo rural, de agricultura de montaña, así como las asociaciones y federaciones profesionales y empresariales de los sectores agrario, pesquero y alimentario de la Comunidad Autónoma del País Vasco que cumplan los requisitos establecidos. En este sentido, se entenderán incluidas dentro del sector pesquero las asociaciones y federaciones de pesca recreativa.
Requisitos:
a) Que estén legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente. Las asociaciones de desarrollo rural deberán estar inscritas en el censo creado en virtud del Decreto 158/2002, de 25 de junio, sobre el régimen especifico de las asociaciones de desarrollo rural. (BOPV nº 129 de 9 de julio de 2002).
b) Que su domicilio social radique en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
c) Que su objeto social esté vinculado o relacionado con la defensa y representación de los intereses de los sectores agrario, alimentario, de desarrollo rural o agricultura de montaña, y/o pesquero.
d) Que no tengan finalidad lucrativa.
e) Que se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
1.412.000 euros
Decreto 229/2003, de 30 de septiembre, de ayudas a las asociaciones y federaciones de desarrollo rural, de agricultura de montaña y a las asociaciones y federaciones profesionales y empresariales de los sectores agrario, pesquero y alimentario de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Programa 'Elkarteak').
Orden de 26 de enero de 2009 , del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se hace pública, para el ejercicio 2009, la convocatoria de concesión de ayuda dentro del marco establecido en el Decreto 229/2003, de 30 de septiembre, de ayudas a las asociaciones y federaciones de desarrollo rural, de agricultura de montaña y a las asociaciones y federaciones profesionales empresariales de los sectores agrario, pesquero y alimenatario de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Programa 'ELKARTEAK').
Para el Sector Agrario:
Resu Abasolo
Teléfono: 945 - 016303
Fax: 945 - 019989
E-mail: r-abasolo@ej-gv.es
Para el Sector Alimentario:
Mariam Alustiza
Teléfono: 945 - 019645
Fax: 945 - 019702
E-mail: m-alustiza@ej-gv.es
Para el Sector Pesquero:
Arantza Pereda Goenaga
Teléfono: 94 403 14 62
Fax: 94 403 14 61
E-mail: a-pereda@ej-gv.es
Se presentará en los impresos normalizados de solicitud que figuran en el apartado 'Formularios' junto con la documentación que en los mismos se detallan.
Del 19 de febrero al 18 de marzo
Para el sector agrario:
DIRECCIÓN DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Donostia-San Sebastián, 1 - 4ª planta (Edificio O)
01010 - Vitoria-Gasteiz
Para el sector alimentario:
DIRECCIÓN DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS
Donostia-San Sebastián, 1 - 3ª planta (Lakua I)
01010 - Vitoria-Gasteiz
Para el sector pesquero:
DIRECCIÓN DE PESCA Y ACUICULTURA
Donostia-San Sebastián, 1 - 4ª planta (Edificio O)
01010 - Vitoria-Gasteiz
- Las solicitudes de ayuda serán tramitadas, resueltas y pagadas por la Dirección correspondiente ante la cual se haya dirigido la solicitud.
- Se concederán mediante el procedimiento de concurso.
- Se constituirá una Comisión de Valoración.
Director de Agricultura y Ganadería (Sector Agrario)
Director de Política e Industria Agroalimentaria (Sector Alimentario)
Director de Pesca (Sector Pesquero)
Tres meses desde la finalización del plazo para presentar solicitudes.
Desestimatorios
La resolución NO pone fín a la vía administrativa
No hay
Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
18/02/2009