Departamento / Organismo Autónomo
Agricultura, Pesca y Alimentación
Dirección de Pesca y Acuicultura
Licencia necesaria para el ejercicio de la pesca marítima recreativa que autoriza a su ejercicio nadando o buceando a pulmón libre.
Destinatarios/as
Personas físicas con más de 16 años. Los menores de esta edad podrán ejercer la misma si están acompañados de una persona provista de la correspondiente licencia.
Normativa reguladoraDecreto 198/2000 , de 3 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Pesca Marítima Recreativa. (BOPV nº 196, de 11-10-00).
M Jesús Zanguitu
Telfono: 945 01 96 50
Fax: 945 01 99 89
E-mail: m-zanguitu@ej-gv.es
Maite Ezeiza
Telfono: 943 02 25 75
Fax: 943 02 25 75
E-mail: m-ezeiza@ej-gv.es
Arantza Pereda
Telfono: 94 4031462
Fax: 94 4031461
E-mail: a-pereda@ej-gv.es
- D.N.I. o Pasaporte (fotocopia)
- Certificado médico deportivo oficial de aptitud física para practica el submarinismo.
- Seguro de accidentes y de responsabilidad civil (fotocopia).
3,25 euros
Plazo de presentacion Durante todo el año
DIRECCIÓN DE PESCA Y ACUICULTURA
Donostia-San Sebastián, 1
01010 - Vitoria-Gasteiz
SERVICIO DE ESTRUCTURAS PESQUERAS
Gran Vía, 81 - 6ª planta.
48011 - BILBAO
SERVICIO DE ORDENACIÓN PESQUERA
Easo, 10
20006 - Donostia-San Sebastián
- On line.
- Acudiendo a las oficinas citadas en el apartado anterior.
Director de Pesca y Acuicultura
No hay
Efectos del silencioDesestimatorios
La resolución NO pone fín a la vía administrativa
No hay
Otros documentosNo hay
La licencia tiene carácter personal e intransferible y para su validez debe ir acompañada del D.N.I. o de cualquier otro documento que acredite la personalidad del poseedor.
NotaEsta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
29/12/2008