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Autorizaciones de entradas y salidas de material categoría 1 y 2

Los movimientos entre operadores de material de categoría 1 y 2 especificados a continuación, están sujetos a la autorización de la Dirección de Calidad Alimentaria del DAPA:
- La entrada a la CAPV de material de categoría 1 y 2 procedente de otra Comunidad Autónoma o Estado.
- La salida de material de categoría 1 y 2 generado en la CAPV a otra Comunidad Autónoma o Estado.
- La entrada a la CAPV de harinas y grasas elaboradas con material de categoría 1 y 2 procedente de otra Comunidad Autónoma o Estado.
- La salida de harinas y grasas elaboradas con material de categoría 1 y 2 generado en la CAPV a otra Comunidad Autónoma o Estado.
Para solicitar la autorización el operador correspondiente deberá indicar:
- Planta de destino/origen del producto
- Vehículos: deben indicarse las matrículas de los vehículos utilizados para dicho transporte a los efectos de comprobar si cuentan con la autorización oportuna. En caso contrario, deberán cursar la solicitud de autorización correspondiente.
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