Establecer el marco de ayudas dirigidas a promover y estimular, en los sectores agrario, pesquero y alimentario, las actividades en investigación, desarrollo e innovación mediante la concesión de anticipos reintegrables. Tendrán especial consideración los proyectos que supongan la adopción de nuevas tecnologías y la generación de nuevos productos o nuevos mercados.
Para 2012: 6.000.000 euros
Modalidad de la ayuda: anticipos reintegrables.
pendiente de publicación.
de 23 de noviembre, de apoyo a la Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica en los sectores agrario, pesquero y alimentario de la Comunidad Autónoma del País Vasco. (Programa IKERKETA).
Oficinas de atención al público:
Idoia Sasigain Sáenz de Buruaga
Teléfono: 945 019 690
Fax: 945 019 701
Correo electrónico: i-sasigain@ej-gv.es
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
Establecer el marco de ayudas dirigidas a promover y estimular, en los sectores agrario, pesquero y alimentario, las actividades en investigación, desarrollo e innovación mediante la concesión de anticipos reintegrables. Tendrán especial consideración los proyectos que supongan la adopción de nuevas tecnologías y la generación de nuevos productos o nuevos mercados.
Podrán ser beneficiarios de los anticipos reintegrables las personas físicas o jurídicas o agrupaciones de empresas de los sectores agrario pesquero y alimentario, así como las empresas tecnológicas o de servicios, sean personas físicas o jurídicas, que desarrollen proyectos para dichos sectores, todos ellos del sector privado.
1.-Para poder ser beneficiario de los anticipos reintegrables se deberán cumplir, con carácter general, los siguientes requisitos:
a) Tener su domicilio social en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
b) Las inversiones o gastos subvencionables no pueden estar comenzadas al momento de presentar la solicitud. Esta situación se comprobará mediante certificado de la Dirección de Investigación Agropesquera y Alimentaria.
c) Estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
d) Disponer de un proyecto de investigación, innovación o desarrollo, viable técnica y económicamente.
e) No encontrarse incurso o haber finalizado cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que se hubiera iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos.
2.– Para el supuesto de ayudas a la innovación en inversiones en el sector de la transformación y comercialización de productos, y además de lo dispuesto en el apartado anterior, para poder ser beneficiario de los anticipos reintegrables, se deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Disponer, la empresa, de viabilidad económica que pueda acreditarse sobre la base de una evaluación de su situación económica y perspectivas de futuro.
b) Cumplir con las normas mínimas en materia de medio ambiente, higiene, bienestar animal y en materia sanitaria.
c) Contribuir a la mejora del sector y en consecuencia a los productos primarios del mismo.
d) Además, en el sector alimentario, acreditar la existencia de salidas normales para los productos al mercado. Se tendrán en cuenta las restricciones de producción o las limitaciones de apoyo comunitario que existieran con arreglo a organizaciones comunes de mercado.
e) Además, en el sector de la pesca, evitar los efectos perversos, en particular la creación de capacidades de producción excedentarias.
Para 2012 la dotación presupuestaria asciende a 6.000.000 euros, sin perjuicio de posibles ampliaciones si las hubiera.
Modalidad de la ayuda: anticipos reintegrables.
Para una tramitación más rápida del expediente se recomienda enviar la solicitud vía telemática (mediante el botón “enviar” en la propia solicitud). Para ello se aconseja tener instalada la versión Adobe Reader 8.1.2. Esto no excluye de enviar la hoja de solicitud firmada y sellada, junto a la documentación requerida, a la Dirección de Desarrollo Rural y Litoral del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco.
Impreso de datos de alta de tercero.
El plazo quedará cerrado en el momento que se produzca el agotamiento presupuestario.
Máximo 6 meses, una vez publicada la Orden de convocatoria anual.