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Zonas de producción de moluscos

En el ejercicio de la acuicultura y el marisqueo es preciso tener en cuenta la clasificación de las aguas que se realiza en base a la calidad de las mismas (cumpliendo con la Directiva 79/923/CEE).

Existen tres tipos de zonas:

  • Tipo  A: zona abierta al marisqueo y a la acuicultura en toda su extensión.
  • Tipo B: zona en la que los moluscos extraídos en la misma deberán ser sometidos a un proceso de depuración previo a su comercialización en vivo.
  • Tipo C: zona cerrada a la práctica del marisqueo y a la implantación de cultivos marinos debido a las altas concentraciones de coliformes y metales pesados. Sobre este tipo de zona deberá procederse a la toma de medidas conducentes a su saneamiento y consiguiente cambión de clasificación.

A través de la orden de 3 de septiembre de 2007, del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se establece la clasificación de las zonas marítimas del litoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco en relación con la calidad de las aguas y sus efectos sobre el ejercicio de la acuicultura y el marisqueo:

- Hondarribia: clasificación tipo B en la zona comprendida entre la desembocadura y el Puntal del aeropuerto. Los moluscos extraídos serán sometidos a un proceso de depuración previo a su comercialización en vivo.

Clasificación tipo C en la zona que va desde el Puntal del aeropuerto hacia el interior. Esta zona está cerrada al marisqueo y a la implantación de cultivos marinos.

- Mundaka: clasificación tipo B. Los moluscos extraídos serán sometidos a un proceso de depuración previo a su comercialización en vivo. No obstante, se declaran zonas tipo C las siguientes: aguas arriba de Astilleros Murueta hasta Gernika y el área bajo el puente de la Isla de Txatxarramendi. Estas zonas están cerradas al marisqueo y a la implantación de cultivos marinos.

- Plentzia: clasificación tipo B. Los moluscos extraídos serán sometidos a un proceso de depuración previo a su comercialización en vivo. Sin embargo, se declara zona tipo C la zona interior del estuario, considerando ésta como la de aguas de Arrainola. Esta zona está cerrada al marisqueo y a la implantación de cultivos marinos.

Esta clasificación, afecta a la extracción y cultivo de las siguientes especies:

  • Ostra (Ostrea edulis, Cassostrea angulata y Cassostrea gigas)
  • Navaja (Pharus legumen, Solen marginatus, Ensis ensis y Ensis siliquua)
  • Berberecho (Cerastoderma edile o Cardium edulis)
  • Almeja (Venerupis pullastra-Ruditapes o Tapes pullastra-, Venerupis decussata-Ruditapes o Tapes decussata-, Venerupis semidecussata-Tapes semidecussata o Ruditapes philippinarum-, Venerupis aurea y Venerupis rhomboides)
  • Chirla (Venus striatula y Chameles gallina) 
Fecha de la última modificación: 17/09/2007