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Embarcaciones a vela
Para el gobierno de embarcaciones a vela será necesario:
- Realización de prácticas básicas de seguridad y navegación establecidas para cada título
- Realización de prácticas, de 4 días y 4 horas como mínimo cada día, en barco de vela
- Estas prácticas se realizarán una sola vez para cualquiera de los títulos de Capitán de Yate, Patrón de Yate y Patrón de Embarcaciones de Recreo según el programa establecido en el Anexo I de la Orden de 17 de junio de 1997
- Para el título de Patrón de Navegación Básica se establece una práctica de 4 horas de acuerdo al programa del Anexo I
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