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PESCA Y ACUICULTURA

Condiciones y requisitos para acceder a cada nivel de competencia

1. Buceador profesional de Pequeña Profundidad

- Haber cumplido dieciocho años de edad.

- Haber superado el reconocimiento médico de aptitud para el buceo.

- Haber superado las pruebas de evaluación psicológica.

- Haber superado las pruebas físicas y de natación establecidas reglamentariamente

- Superar el curso de formación que reglamentariamente se establezca.

2. Buceador profesional de Media Profundidad

- Haber cumplido dieciocho años de edad.

- Haber superado el reconocimiento médico de aptitud para el buceo.

- Haber superado las pruebas de evaluación psicológica.

- Haber superado las pruebas físicas y de natación establecidas reglamentariamente

- Estar en posesión del título académico de Técnico/a en Buceo de Media Profundidad regulado por los Reales Decretos 727/1994 y 750/1994.

3. Buceador profesional de Gran Profundidad

Existen tres subniveles:

  3.1.   Intervención

- Haber cumplido dieciocho años de edad.

- Haber superado el reconocimiento médico de aptitud para el buceo.

- Haber superado las pruebas de evaluación psicológica.

- Estar en posesión del titulo de Buceador/a Profesional de Media Profundidad (Nivel II).

- Superar el curso de formación que reglamentariamente se establezca.

3.2.  Intervención a        Saturación

- Haber cumplido dieciocho años de edad.

- Haber superado el reconocimiento médico de aptitud para el buceo.

- Haber superado las pruebas de evaluación psicológica.

- Estar en posesión del Nivel III.1.

- Superar el curso de formación que reglamentariamente se establezca.

3.3.  Jefe de complejo Hiperbárico

- Haber cumplido dieciocho años de edad.

- Haber superado el reconocimiento médico de aptitud para el buceo.

- Haber superado las pruebas de evaluación psicológica.

- Estar en posesión del Nivel III.2.

- Superar el curso de formación que reglamentariamente se establezca.

4. Formación

- Haber cumplido dieciocho años de edad.

- Estar en posesión del Nivel de competencia II o superior de buceo por un período mínimo de seis meses.

- Acreditar una experiencia mínima como ayudante de formador de 250 horas (o equivalente a la duración del curso de Buceador/a Profesional de Pequeña Profundidad, Nivel I).

- Superar el curso de formación pedagógica .

5. Manejo de cámaras hiperbáricas

- Haber cumplido dieciocho años de edad.
- Estar en posesión del nivel de competencia para el manejo, control y mantenimiento de cámaras hiperbáricas, con la supervisión del personal sanitario o del jefe de equipo.

Fecha de la última modificación: 18/01/2006