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Condiciones y requisitos para acceder a cada nivel de competencia
| 1. Buceador profesional de Pequeña Profundidad |
- Haber cumplido dieciocho años de edad.
- Haber superado el reconocimiento médico de aptitud para el buceo.
- Haber superado las pruebas de evaluación psicológica.
- Haber superado las pruebas físicas y de natación establecidas reglamentariamente
- Superar el curso de formación que reglamentariamente se establezca.
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2. Buceador profesional de Media Profundidad
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- Haber cumplido dieciocho años de edad.
- Haber superado el reconocimiento médico de aptitud para el buceo.
- Haber superado las pruebas de evaluación psicológica.
- Haber superado las pruebas físicas y de natación establecidas reglamentariamente
- Estar en posesión del título académico de Técnico/a en Buceo de Media Profundidad regulado por los Reales Decretos 727/1994 y 750/1994.
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3. Buceador profesional de Gran Profundidad
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Existen tres subniveles: |
3.1. Intervención
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- Haber cumplido dieciocho años de edad.
- Haber superado el reconocimiento médico de aptitud para el buceo.
- Haber superado las pruebas de evaluación psicológica.
- Estar en posesión del titulo de Buceador/a Profesional de Media Profundidad (Nivel II).
- Superar el curso de formación que reglamentariamente se establezca.
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3.2. Intervención a Saturación
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- Haber cumplido dieciocho años de edad.
- Haber superado el reconocimiento médico de aptitud para el buceo.
- Haber superado las pruebas de evaluación psicológica.
- Estar en posesión del Nivel III.1.
- Superar el curso de formación que reglamentariamente se establezca.
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3.3. Jefe de complejo Hiperbárico
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- Haber cumplido dieciocho años de edad.
- Haber superado el reconocimiento médico de aptitud para el buceo.
- Haber superado las pruebas de evaluación psicológica.
- Estar en posesión del Nivel III.2.
- Superar el curso de formación que reglamentariamente se establezca.
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4. Formación
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- Haber cumplido dieciocho años de edad.
- Estar en posesión del Nivel de competencia II o superior de buceo por un período mínimo de seis meses.
- Acreditar una experiencia mínima como ayudante de formador de 250 horas (o equivalente a la duración del curso de Buceador/a Profesional de Pequeña Profundidad, Nivel I).
- Superar el curso de formación pedagógica .
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5. Manejo de cámaras hiperbáricas
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- Haber cumplido dieciocho años de edad.
- Estar en posesión del nivel de competencia para el manejo, control y mantenimiento de cámaras hiperbáricas, con la supervisión del personal sanitario o del jefe de equipo.
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