Titulaciones que acredita
Documentación a presentar para la expedición de tarjetas
Documentación a presentar para la renovación de tarjetas
Documentación a presentar para el duplicado de tarjetas
Expedición y Registro de las tarjetas
Lugar de presentación de las solicitudes
Las tarjetas de identidad profesional náutico-pesqueras y de buceo profesional acreditan las siguientes titulaciones profesionales:
- Patrón Local de Pesca
- Patrón Costero Polivalente
- Patrón de Litoral
- Patrón de Altura
- Mecánico Naval
- Mecánico Mayor Naval
- Capitán de Pesca
- Buceador Profesional de Pequeña Profundidad
- Buceador Profesional de Media Profundidad
- Buceador Profesional de Gran Profundidad
- Buceador Instructor Especial
- Buceador Científico
- Patrón de 1.ª clase de Pesca Litoral
- Patrón de Pesca de Altura
- Mecánico Naval de 1.ª clase
- Mecánico Naval Mayor
- Mecánico Naval de 2.ª clase
- Patrón de Pesca Local
- Patrón de 2.ª clase de Pesca Litoral
- Mecánico de Litoral
- Marinero Pescador
- Titulaciones antiguas de buceo profesional
La tarjeta de identidad profesional náutico-pesquera y de buceo profesional es personal e intransferible y siempre debe ir acompañada del DNI.
La validez de las tarjetas será hasta que la persona titular cumpla 50 años de edad. A partir de esa entonces, tendrá que renovarla cada cinco años.
Documentación a presentar
Tarjetas náutico-pesqueras:
- Impreso de solicitud (pdf 21 Kb)
- Fotocopia DNI
- Certificados originales y copias de examen, si han sido realizados en otra C. Autónoma.
- Una fotografía tamaño carné, en color, sin grapar.
- Justificante de haber ingresado la tasa correspondiente.
- Libreta Marítima y fotocopia de la primera página, en la que consta el número personal.
- Fotocopia de la página de la Libreta Marítima en la que consta la vigencia del reconocimiento médico.
- Los días de embarque se acreditarán mediante la aportación de los certificados de las empresas navieras y la declaración de los períodos de embarque por la persona solicitante, juntamente con las fotocopias compulsadas de las hojas de la Libreta Marítima correspondientes a los períodos declarados. Se tendrán en cuenta los períodos de embarque realizados con anterioridad al examen por profesionales del sector que estén ya en posesión de una titulación marítimo-pesquera. En el caso de Patrón Local de Pesca y Patrón Costero Polivalente, no se tendrá en cuenta la diferenciación de los períodos de embarque de máquina y de puente en los casos en que sea imposible diferenciar las dos secciones (flota menor).
- Las personas que tengan más de 50 años deben presentar un certificado del Instituto Social de la Marina (ISM) en el que conste que no son pensionistas por jubilación ni invalidez en grado de incapacidad permanente total o absoluta.
- Las personas que sean pensionistas por jubilación deben aportar un certificado del ISM en el que conste que son pensionistas con objeto de hacer constar la nota "no apto para el ejercicio en buques profesionales".
- Para las titulaciones de Capitán de Pesca, Patrón de Pesca de Altura, Mecánico Naval Mayor y Mecánico Naval de 1.ª Clase, será necesaria la presentación de la tarjeta profesional correspondiente al título profesional de nivel anterior y una fotocopia de la misma.Buceo profesional:
- Impreso de solicitud (pdf 21 Kb)
- Fotocopia DNI
- Una fotografía tamaño carné, en color, sin grapar.
- Justificante de haber ingresado la tasa correspondiente.
- Certificados originales y copias de examen, si han sido realizados en otra Comunidad Autónoma.
- Haber superado en cada caso, los niveles de competencia establecidos en el artículo 10 del Decreto 201/2004, de 13 de octubre, por el que se establecen las condiciones para el ejercicio del buceo profesional en la CAPV (BOPV n.º 212, de 5 de noviembre de 2004).
Tarjetas náutico-pesqueras:
- Impreso de solicitud (pdf 14 Kb) de renovación de las tarjetas
- Una fotografía tamaño carné, en color, sin grapar.
- Tarjeta caducada, que se retirará una vez facilitada la nueva.
- Justificante de haber ingresado la tasa correspondiente.
- Documento acreditativo de no ser pensionista de la Seguridad Social por jubilación ni invalidez en grado de incapacidad permanente, total o absoluta.
- Certificado médico de embarque vigente expedido por el Instituto Social de la Marina.Tarjetas de buceo profesional:
- Impreso de solicitud (pdf 14 Kb) de renovación de las tarjetas
- Una fotografía tamaño carné, en color, sin grapar.
- Tarjeta caducada, que se retirará una vez facilitada la nueva.
- Justificante de haber ingresado la tasa correspondiente.
- Documento acreditativo de no ser pensionista de la Seguridad Social por jubilación ni invalidez en grado de incapacidad permanente total o absoluta.
- Certificado médico que expresamente indique la capacidad para ejercer la actividad de buceador profesional.
Duplicado de tarjeta por deterioro, robo, hurto o extravío
- Impreso de solicitud (pdf 13 Kb) de duplicado de la tarjeta
- Una fotografía tamaño carné, en color, sin grapar.
- Justificante de haber ingresado la tasa correspondiente.
- Tarjeta deteriorada, en su caso (la nueva tarjeta se facilitará previa entrega de la tarjeta deteriorada).
- Original y fotocopia de la denuncia por robo, hurto o extravío de la tarjeta, en su caso.
Expedición y Registro de las tarjetas
Las tarjetas de identificación se expedirán por la Dirección de Pesca y Acuicultura, que las inscribirá en el Censo de Titulaciones Náutico-Pesqueras y de Buceo Profesional.
Las tarjetas serán enviadas al domicilio indicado por la persona titular en la solicitud.
En el caso de renovación de la tarjeta por caducidad, una vez recibida la nueva tarjeta, deberá remitirse la Dirección de Pesca y Acuicultura en un plazo máximo de treinta días. En caso contrario, se procederá a la anulación de la tarjeta nueva.
Lugar de presentación de las solicitudes
Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca
c/ Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Servicio de Estructuras Pesqueras
C/ General Concha nº 23
48010. Bilbao
Tfno. 94 4031460 Fax 94 4031461
Servicio de Ordenación Pesquera
C/ Easo, 10
20006 Donostia-San Sebastián
Por cualesquiera de los medios previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.