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PESCA Y ACUICULTURA

Pesca de la angula

El País Vasco ha sido históricamente la cuna de la pesca y el consumo gastronómico de las angulas, fase juvenil de la anguila. La pesca es una actividad tradicional practicada desde hace muchos siglos, denominándose anguleros a aquellas personas que capturaban angulas con ayuda de un cedazo de madera y un farol por las orillas de los ríos.

Según un dictamen científico sobre la anguila europea elaborado por el Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM), la población está fuera de los límites biológicos de seguridad y la pesca no se ejerce actualmente de forma sostenible. Por esta razón el Reglamento (CE) nº 1100/2007, del Consejo, de 18 de septiembre de 2007, por el que se establecen medidas para la recuperación de la población de la anguila europea establece la obligación de aprobar planes de gestión para la recuperación de la anguila europea que se ajusten a las circunstancias regionales y locales.

El Gobierno Vasco, junto con las Diputaciones Forales de los Territorios Históricos de Bizkaia y Gipuzkoa, contando para ello con la colaboración de expertos científicos y de los propios pescadores de angulas, ha elaborado el Plan de gestión para la recuperación de la anguila europea en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Normativa

Principales novedades del Plan de gestión para la recuperación de la anguila europea en la CAPV

  • Se considera angula a los individuos jóvenes de la anguila europea de tamaño igual o inferior a 12 cms.
  • Se prohibe la captura de anguila europea de tamaño superior a 12 cms en la aguas interiores de la CAPV.
  • Temporada de pesca. Del 15 de noviembre hasta el 31 de enero.
  • Límite máximo de capturas. 2 kilogramos diarios por pescador (tanto a pie como desde embarcación).
  • No se concederá licencia a las personas que no la hayan obtenido en temporadas anteriores, ni tampoco a aquellos que no hayan entregado dentro de plazo (01/02/2011 – 30/04/2011) el cuaderno de capturas correspondiente a la campaña 2010-2011..

Modalidades

Desde tierra: se requiere una edad mínima de 16 años

Desde embarcación:

  • La licencia se vincula a la embarcación
  • Se requiere una edad mínima de 18 años
  • Necesario estar en posesión del título de patrón correspondiente al despacho de la embarcación

Artes de pesca

El arte de pesca autorizado es el cedazo o baia en cualquiera de sus variantes y con una dimensión máxima de 1,8 m. de diámetro. Se permitirá una azada manual por persona.

Está prohibido el uso de instrumentos mecánicos u otras artes de pesca.

Temporada de pesca

Temporada 2011-2012: desde el 15 de noviembre hasta el 31 de enero

Cupo

2 kilogramos diarios por pescador, tanto a pie como desde embarcación.

Talla máxima

12 centímetros.

Accede a la licencia >>

Fecha de la última modificación: 19/10/2011