Estas ayudas económicas están destinadas a la financiación de actividades e inversiones para la revitalización y renovación, mediante la diversificación, del tejido productivo de las zonas altamente dependientes de la pesca de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, por la que se procede a la convocatoria para el ejercicio 2010 de las ayudas previstas en el Decreto 234/2000, de 21 de noviembre, por el que se regulan las ayudas de promoción y desarrollo de las zonas altamente dependientes de la pesca en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Dirección de Desarrollo Rural y Litoral
c/ Donostia 1, Lakua
01010 Vitoria-Gasteiz
Oficinas de atención al público:
Horario de atención al público:
Dirección de Desarrollo Rural y Litoral
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Inmaculada Lacalle
Teléfono: 945 016 307
Fax: 945 016 310
E-mail: i-lacalle@ej-gv.es
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
Estas ayudas económicas están destinadas a la financiación de actividades e inversiones para la revitalización y renovación, mediante la diversificación, del tejido productivo de las zonas altamente dependientes de la pesca de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Las personas físicas, las personas jurídico-privadas con o sin ánimo de lucro, así como Entidades locales, Entes Públicos de carácter local, Corporaciones de derecho público y cualquier otra forma jurídica recogida en la legislación vigente, que cumplan los con requisitos señalados.
a) Realizar alguna de las actividades auxiliables dentro de alguna de las zonas previstas en el artículo 1 del presente Decreto, o que redunde en beneficio de la misma en el ámbito geográfico establecido en dicho artículo.
b) En el caso de empresas, los solicitantes deberán tener la consideración de pequeña o mediana empresa de conformidad con lo establecido en la Recomendación 96/280/CE de la Comisión, de 3 de abril de 1996 (DO-L n.º 107, de 30 de abril), relativa a la definición de pequeñas y medianas empresas (Pymes) también empleada en las Directrices comunitarias sobre ayudas de estado a las pequeñas y medianas empresas (Reglamento (CE) n.º 994/98 del Consejo, de 7 de mayo de 1998). No será de aplicación esta exigencia cuando se trate de entes públicos.
c) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
Para una tramitación más rápida del expediente se recomienda enviar la solicitud vía telemática (mediante el botón “enviar” en la propia solicitud). Para ello se aconseja tener instalada la versión Adobe Reader 8.1.2. Esto no excluye de enviar la hoja de solicitud firmada y sellada, junto a la documentación requerida, a la Dirección de Desarrollo Rural y Litoral del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco.
Inmaculada Lacalle
Teléfono: 945 016 307
Fax: 945 016 310
E-mail: i-lacalle@ej-gv.es
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
10 de julio de 2010.