Departamento / Organismo Autónomo
Agricultura, Pesca y Alimentación
Dirección de Pesca y Acuicultura
Contribuir al mantenimiento de la actividad socioeconómica y sostenibilidad de los recursos pesqueros para aquellos barcos con eslora inferior a 12 metros que no utilicen las artes de arrastre mencionadas en el Cuadro 3 del Anexo I del Reglamento (CE) nº 26/2004, de la Comisión, de 30 de diciembre de 2003, relativo al registro comunitario de buques pesqueros.
Se considerarán subvencionables todas aquellas acciones encaminadas a los siguientes objetivos:
- Mejorar la gestión y el control de las condiciones de acceso a determinadas zonas pesqueras.
- Fomentar la organización de la cadena de producción, transformación y comercialización de productos pesqueros.
- Fomentar la adopción de medidas de carácter voluntario para reducir esfuerzo pesquero con fines de conservación de los recursos.
- Fomentar la utilización de innovaciones tecnológicas que no aumenten el esfuerzo pesquero.
- Mejorar las aptitudes profesionales y la formación en el ámbito de la seguridad.
Las asociaciones, organizaciones de productores, cofradías, o de forma individual en el caso de los dos últimos casos listados anteriormente.
Se priorizarán aquellos proyectos que cuenten con mayor número de participantes, con menor edad media y proyectos promovidos por mujeres. El gasto máximo subvencionable por solicitantes será de 15.000 euros.
Reglamento (CE) 1198/2006 , del Consejo, de 27 de julio de 2006, relativo al Fondo Europeo de Pesca (FEP).
Reglamento (CE) 498/2007 , de la Comisión, de 26 de marzo de 2007, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 1198/2006 del Consejo relativo al Fondo Europeo de Pesca.
Programa Operativo para el sector pesquero FEP 2007/2013 , de diciembre de 2007.
Orden de 24 de abril de 2008 , del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se convocan algunas de las ayudas contenidas en el Reglamento (CE) 1198/2006, del Consejo, de 27 de julio de 2006, para el ejercicio 2008.
Arantza Pereda
Telfono: 944 031 462
Fax: 944 031 461
E-mail: a-pereda@ej-gv.es
Se presentará en los impresos normalizados de solicitud que figuran en el apartado 'Formularios' junto con la documentación que en los mismos se detalla.
13/05/2008 - 15/09/2008
DIRECCIÓN DE PESCA Y ACUICULTURA
Donostia-San Sebastián, 1
01010 - Vitoria-Gasteiz
SERVICIO DE ESTRUCTURAS PESQUERAS
Gran Vía, 81 - 6º. Dpto. 6.
48011 - Bilbao
SERVICIO DE ORDENACIÓN PESQUERA
Easo, 10
20006 - Donostia-San Sebastián
No se describen
Director de Pesca y Acuicultura
6 meses a contar desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Desestimatorios
La resolución NO pone fín a la vía administrativa
No hay
No hay
Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
06/05/2008