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Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación

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WAI-A

Ayudas a la pesca costera artesanal

 

Departamento / Organismo Autónomo

Agricultura, Pesca y Alimentación


Órgano gestor

Dirección de Pesca y Acuicultura


Objeto

Contribuir al mantenimiento de la actividad socioeconómica y sostenibilidad de los recursos pesqueros para aquellos barcos con eslora inferior a 12 metros que no utilicen las artes de arrastre mencionadas en el Cuadro 3 del Anexo I del Reglamento (CE) nº 26/2004, de la Comisión, de 30 de diciembre de 2003, relativo al registro comunitario de buques pesqueros.

Se considerarán subvencionables todas aquellas acciones encaminadas a los siguientes objetivos:

- Mejorar la gestión y el control de las condiciones de acceso a determinadas zonas pesqueras.

- Fomentar la organización de la cadena de producción, transformación y comercialización de productos pesqueros.

- Fomentar la adopción de medidas de carácter voluntario para reducir esfuerzo pesquero con fines de conservación de los recursos.

- Fomentar la utilización de innovaciones tecnológicas que no aumenten el esfuerzo pesquero.

- Mejorar las aptitudes profesionales y la formación en el ámbito de la seguridad.


Destinatarios/as

Las asociaciones, organizaciones de productores, cofradías, o de forma individual en el caso de los dos últimos casos listados anteriormente.


Dotación económica

Se priorizarán aquellos proyectos que cuenten con mayor número de participantes, con menor edad media y proyectos promovidos por mujeres. El gasto máximo subvencionable por solicitantes será de 15.000 euros.


Normativa reguladora

Reglamento (CE) 1198/2006 , del Consejo, de 27 de julio de 2006, relativo al Fondo Europeo de Pesca (FEP).

Reglamento (CE) 498/2007 , de la Comisión, de 26 de marzo de 2007, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 1198/2006 del Consejo relativo al Fondo Europeo de Pesca.

Programa Operativo para el sector pesquero FEP 2007/2013 , de diciembre de 2007.

Orden de 24 de abril de 2008 , del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se convocan algunas de las ayudas contenidas en el Reglamento (CE) 1198/2006, del Consejo, de 27 de julio de 2006, para el ejercicio 2008.


Personas de contacto

Arantza Pereda
Telfono: 944 031 462
Fax: 944 031 461
E-mail:
 a-pereda@ej-gv.es


Documentación a aportar

Se presentará en los impresos normalizados de solicitud que figuran en el apartado 'Formularios' junto con la documentación que en los mismos se detalla.


Plazo de presentacion

13/05/2008 - 15/09/2008


Lugar presentación solicitudes

DIRECCIÓN DE PESCA Y ACUICULTURA
Donostia-San Sebastián, 1
01010 - Vitoria-Gasteiz

SERVICIO DE ESTRUCTURAS PESQUERAS
Gran Vía, 81 - 6º. Dpto. 6.
48011 - Bilbao

SERVICIO DE ORDENACIÓN PESQUERA
Easo, 10
20006 - Donostia-San Sebastián


Descripción de los trámites

No se describen


Órgano que resuelve

Director de Pesca y Acuicultura


Plazo de resolución

6 meses a contar desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.




Efectos del silencio

Desestimatorios


Fín de la vía administrativa

La resolución NO pone fín a la vía administrativa


Recursos / Reclamaciones

Recurso de Alzada
Recurso Contencioso-Administrativo


Formularios

Solicitud

Impreso de Alta de Datos de Tercero


Otros documentos

No hay


Observaciones

No hay


Nota

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.


Fecha de la última modificación

06/05/2008